Quedan 100 días: qué obliga de verdad el 1 de enero y qué no

Quedan 100 días: qué obliga de verdad el 1 de enero y qué no

Del 23 de septiembre al 1 de enero hay cien días justos.

Cien días es poco para cambiar la forma de trabajar de una explotación y mucho para no hacer nada. Y antes de decidir qué hacer conviene aclarar una cosa, porque hay dos obligaciones distintas circulando por ahí y se están mezclando en la misma frase.

Lo que entra en enero no es lo que casi todo el mundo dice

Si uno pregunta por ahí, la respuesta habitual es «el cuaderno de campo digital es obligatorio en 2027». Es media verdad, y la media que falta cambia bastante las cosas.

Lo que entra en vigor el 1 de enero de 2027 es el registro digital de los tratamientos fitosanitarios. El apunte de lo que se echa: qué producto, cuánta dosis, qué día y en qué recinto. Eso, a partir de esa fecha, tiene que llevarse en formato electrónico. Durante todo 2026 el papel sigue valiendo: el último día en que se admite es el 31 de diciembre de 2026.

Esta obligación no mira hectáreas. No hay umbral, no hay explotación pequeña que se libre. Si se aplica un fitosanitario, hay que registrarlo, y desde enero hay que registrarlo en digital.

El plazo se aplazó un año. Iba a entrar en enero de 2026 y el Consejo de Ministros lo movió a 2027 en su reunión del 18 de noviembre de 2025, alineándolo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564.

Lo que no entra en enero es el Cuaderno Digital de Explotación

El CUE, el que va contra el SIEX, es otra cosa. Y sigue siendo voluntario.

El Real Decreto 34/2025, de 21 de enero, lo desató de una fecha concreta y lo ató a la siguiente reforma de la PAC. Como el periodo actual va de 2023 a 2027, eso significa enero de 2028 como pronto, y más tarde si el periodo se prorroga.

Y cuando llegue, tampoco será para todos. Según esa misma norma, alcanzará a las explotaciones que superen 30 hectáreas entre cultivos permanentes y tierras de labor, las que tengan más de 5 hectáreas de regadío, o las que sumen más de 0,1 hectáreas de invernadero.

Dicho en corto: si tiene cuatro hectáreas de olivar, el cuaderno digital completo no le obliga todavía y puede que no le obligue nunca. El registro de lo que echa, sí, y desde enero.

Merece la pena quedarse con esta distinción, porque es exactamente donde se equivocan los argumentarios de venta que uno recibe estos meses.

Por qué la libreta aguantó tanto y por qué ya no

La libreta del tractor funcionó durante treinta años, y no por casualidad: es rápida, no se queda sin batería y está donde ocurre el trabajo. Quien la defienda tiene razones.

El problema no es la libreta. Es que el plazo cambió de sitio.

El artículo 16.1 del Real Decreto 1311/2012 fija el volcado del registro en un mes desde la fecha de realización del tratamiento. Un mes. No al final de la campaña, no cuando se pueda. El tratamiento del 20 de agosto tenía que estar volcado el 20 de septiembre.

Con la libreta, ese plazo se cumple si alguien se sienta cada mes a pasarlo. Con la campaña encima, ese alguien no se sienta. Y en enero aparece el montón de papeles, las facturas del almacén y un ejercicio de memoria que ya no es un registro: es una reconstrucción.

El apartado 3 del mismo artículo añade la otra mitad, que suele olvidarse: esos registros y los documentos asociados se conservan al menos tres años. Tres campañas de papeles que tienen que aparecer cuando alguien los pida.

Cuándo esto no le hace falta a usted

Aquí conviene ser claro, aunque no convenga comercialmente.

La Administración ofrece un cuaderno digital de explotación gratuito. Existe, está disponible y para una explotación pequeña, con un par de cultivos y pocos tratamientos al año, puede ser suficiente. Si ese es su caso, úselo. No hace falta pagar nada para cumplir.

Un programa de pago empieza a tener sentido cuando aparece alguna de estas cosas:

  • Varias explotaciones o muchos recintos SIGPAC, y la obligación de tenerlos cuadrados con lo que figura en la PAC.
  • Más de una persona aplicando, cada una con su carné y sus fechas.
  • Aceituna de mesa o cualquier cultivo donde el plazo de seguridad del último tratamiento decida si el lote entra o se rechaza.
  • Un cliente, una entamadora o una certificación que le pide trazabilidad, y se la pide con formato y con prisa.
  • Que el cuaderno lo lleve el técnico y lo consulte otro. En cuanto hay dos personas, el papel deja de funcionar.

Si nada de eso le pasa, el cuaderno oficial gratuito y un poco de disciplina mensual le resuelven la obligación. Se lo decimos nosotros, que vendemos la alternativa.

Qué hacer en estos cien días, y en qué orden

Lo importante es que las tres primeras no cuestan dinero y son más de la mitad del trabajo. El programa, sea el que sea, es el último paso, no el primero.

1. Juntar lo de esta campaña. Recetas, albaranes de producto del almacén, anotaciones sueltas. Todo en un sitio. Este paso solo ya revela el tamaño real del problema.

2. Comprobar que cada tratamiento está completo. Producto, número de registro, dosis, fecha, recinto y quién lo aplicó. El contenido mínimo del registro de tratamientos está en el Anexo III, Parte I, del Real Decreto 1311/2012. Lo que falte ahora, en enero ya no se acordará nadie.

3. Mirar los papeles que caducan solos. El carné de aplicador dura diez años. La inspección de los equipos, la ITEAF, hay que pasarla cada tres. Ninguno de los dos avisa. Si alguno vence antes de la próxima campaña, mejor saberlo en septiembre que en el momento de salir a tratar. Lo contamos con detalle en este artículo sobre los papeles que caducan solos.

4. Volcar lo atrasado antes de que entre lo gordo. Todo tratamiento con más de un mes ya está fuera de plazo. Octubre y noviembre no van a dar hueco para esto.

5. Ahora sí, decidir dónde va a llevarlo a partir de enero. Con los cuatro pasos anteriores hechos, esta decisión se toma en media hora y con criterio, porque ya se sabe cuántos tratamientos, cuántos recintos y cuántas personas hay de por medio. Sin ellos, se elige a ciegas.

Lo que se suele subestimar

Que esto no es un problema de programa: es un problema de costumbre.

Quien no apuntaba en la libreta tampoco va a apuntar en el móvil. El cambio que funciona es el de anotar el mismo día, no el de cambiar de herramienta. Si en estos cien días se consigue solo eso —que el tratamiento se apunte el día que se hace— en enero la obligación entra sola, con el programa que sea.

Y si se consigue lo contrario, que es llegar al 1 de enero con el mismo montón de papeles pero ahora con un programa nuevo que nadie sabe usar, se habrá gastado dinero en empeorar el problema.

Lo que puede hacer esta semana sin contratar a nada ni a nadie

Coja las recetas de agosto y de septiembre. Mire cuántas están volcadas y cuántas no. Si están todas, tiene el problema resuelto y solo le queda elegir formato antes de enero. Si le faltan la mitad, ya sabe por dónde empezar, y sabe también que el problema no era el papel.

Si al hacer esa cuenta le sale que necesita algo más que una libreta, en nuestro cuaderno de campo digital tiene los planes, las tarifas y treinta días de prueba.

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